Debido al abuso en el registro de nombres de dominio, existiendo a la fecha Entidades Registrantes con miles de nombres inscriptos y otro tanto en calidad de solicitudes pendientes de registro, NIC Argentina ha dispuesto establecer un límite en el número de registros permitidos a cada Entidad Registrante. Dicho límite se ha dispuesto en un máximo de 200 nombres por Entidad Registrante.
Aquí les dejo un extracto de la resolución:
Viste que CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL (450.000) nombres de dominios que representan el VEINTICINCO PORCIENTO (25%) del total de los dominios actualmente registrados, han sido registrados por OCHOCIENTAS OCHENTA Y CUATRO (884) entidades registrantes de las QUINIENTAS ONCE MIL OCHOCIENTAS QUINCE (511.815) dadas de alta en la base de NIC Argentina, es decir el CERO COMA DIECISIETE PORCIENTO (0,17%), que a su vez tienen DOSCIENTOS MIL (200.000) dominios pendientes de aprobación.
Visto que, por consiguiente, se entiende necesario limitar el número de nombres de dominio que una Entidad Registrante puede inscribir, en principio, a DOSCIENTOS (200).
Visto que dicho número se estima más que suficiente para las necesidades de la generalidad de la comunidad de Internet, correspondiendo al servicio de NIC Argentina que se presta en la Unidad de Internet y NIC de este Ministerio determinar, en caso de una solicitud de excepción debidamente fundada, la procedencia de la misma conforme sea necesario para una adecuada prestación del servicio.
Si quieren ver la resolución 203/2009 completa, hacer click aquí.


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